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Ayuda para gastos de matrimonio del IMSS: cómo pedirla

Requisitos de la ayuda para gastos de matrimonio del IMSS en tu Afore, qué documentos llevar, plazos y cómo pedirla en AforeMóvil o en sucursal.

Última verificación en fuentes oficiales: · Tema: Retirar dinero

Respuesta corta

Si te casaste por lo civil y tenías al menos 150 semanas cotizadas en el seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez a la fecha de la boda, puedes pedir a tu Afore esta ayuda una sola vez en la vida. Debes estar vigente como asegurado en el IMSS o haberte casado dentro de los 90 días hábiles posteriores a tu baja.

Antes de empezar

Paso a paso

  1. Confirma que cumples los requisitos

    Mínimo 150 semanas acreditadas en el seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez a la fecha del matrimonio, no haber obtenido antes este derecho y estar vigente como asegurado (o haberte casado dentro de los 90 días hábiles posteriores a tu baja).

  2. Si lo haces en AforeMóvil

    Entra a «Servicios», elige «Retiros» y luego «Retiro por Matrimonio». Revisa la información, identifícate si ya tienes tu Expediente Electrónico, selecciona el tipo de retiro y captura los documentos que te pida la app.

  3. Si lo haces en sucursal

    Acude a cualquier sucursal de la Afore que administra tu cuenta y presenta la solicitud, la resolución, tu identificación, tu acta de matrimonio y tu estado de cuenta bancario.

  4. Recibe el depósito

    Tu Afore deposita los recursos en tu cuenta bancaria en un máximo de 5 días hábiles después de la solicitud. El plazo máximo de solución del trámite es de 15 días hábiles.

  5. Si el depósito falla

    Si hay un problema con la CLABE o el banco lo rechaza, tu Afore debe contactarte; si pasan 30 días naturales sin poder depositar, debe reinvertir los recursos en tus subcuentas de origen en un máximo de 3 días hábiles.

Qué dicen las fuentes oficiales de 2025
ConceptoCatálogo de trámites de la CONSAR (enero de 2025)Guía SAR-IMSS 2025 (agosto de 2025)
MontoEquivalente a 30 días de salario mínimo general, de la cuota social que aporta el Gobierno Federal a tu cuentaEquivalente a 30 UMA, de la cuota social aportada por el Gobierno Federal
SemanasMínimo 150 semanas acreditadas en el seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez a la fecha del matrimonioAl menos 150 semanas cotizadas antes de la fecha del matrimonio civil
Cuántas vecesSolo una vez en la vidaNo haber obtenido este derecho con anterioridad
MatrimonioCivil; si ya no estás en el régimen obligatorio, dentro de los 90 días hábiles contados desde tu bajaMatrimonio civil a partir del 1 de julio de 1997

Errores comunes

Preguntas frecuentes

¿Cuántas veces puedo pedir esta ayuda?

Solo una vez en la vida, según el catálogo de trámites de la CONSAR.

¿De cuánto es la ayuda?

Las dos fuentes oficiales de 2025 la expresan distinto: el catálogo habla de 30 días de salario mínimo general y la Guía SAR-IMSS 2025 de 30 UMA. Esta guía no puede confirmar cuál aplica a tu caso mientras exista esa diferencia: pide a tu Afore el monto exacto que te corresponde.

¿Qué pasa si registré antes a otro cónyuge como beneficiario?

Según el catálogo de la CONSAR, debes acreditar la disolución del vínculo matrimonial o el fallecimiento de esa persona. Lee la guía Cómo designar beneficiarios.

¿Puedo pedirla si ya dejé de trabajar?

Sí, si te casaste dentro de los 90 días hábiles contados a partir de tu baja del régimen obligatorio.

¿Es el único retiro parcial que existe?

La Guía SAR-IMSS 2025 indica que solo hay dos situaciones para disponer de una parte de tus recursos: el retiro parcial por desempleo y la ayuda para gastos de matrimonio. Lee la guía Retiro por desempleo.

Fuentes oficiales

Consultadas por última vez el 31 de octubre de 2026. Si una fuente cambia, esta guía se corrige y la fecha se actualiza.

Ver el glosario y las fuentes